Regulaciones del Proyecto
En vista de que el inmueble adquirido forma parte de un Proyecto Residencial de primera categoría, privado, a puertas cerradas con control de acceso y seguridad interna, con el concepto e intención de mantener y garantizar la calidad de dicho proyecto, Los Compradores se comprometen a respetar y cumplir las reglas y condiciones siguientes:
1- Uso
El lote adquirido será única y exclusivamente para uso de vivienda residencial unifamiliar y por ningún concepto será destinada a otro uso en el futuro, específicamente la construcción de multifamiliares o condominios de apartamentos.
Se prohibe destinar el inmueble comprado para cualquier operación de naturaleza comercial, benéfica, con o sin fines de lucro, incluyendo la crianza y venta de animales con fines comerciales.
No se producirán ruidos o molestias, ni causarán daños, ni se ejecutarán actos que perturben la tranquilidad de los demás vecinos. Las obras que ejecute cada propietario para la conservación, reparación, estética, higiene, seguridad y mejoras de su vivienda las realizará sin que pueda perturbar el uso legítimo de los demás propietarios.
Por lo que todo adquiriente deberá ajustar en todo momento su conducta al orden, disciplina, moralidad, decoro y normas de convivencia establecidas por la ley, las buenas costumbres y este reglamento. En tal virtud, todo propietario es responsable directo de las violaciones a las normas de convivencia y de los daños y molestias ocasionadas a los demás vecinos, por su familia, parentela, visitas, empleados, y en general por las personas que ocupan su vivienda a cualquier título.
Queda terminantemente prohibido:
Colocar letreros, insignias, afíches de propaganda
Tender o secar ropa, alfombras, cortinas, etc., en las ventanas o parte exterior de la vivienda
Usar amplificadores de sonido, equipos electrónicos o instrumentos que perturben la paz de los vecinos.
Permitir que los animales domésticos de su propiedad permanezcan en las calles, vías de acceso o áreas de uso común sin la presencia de su dueño.
Colocar antenas de radio, televisores, radio teléfonos u otros, que atenten a la estética normal de las viviendas.
En las vías de acceso no está permitido el parqueo de vehículos sin autorización de la administración. Para cualquier visita o evento del propietario debe solicitar con anticipación al mismo. No esta permitido el parqueo ni temporal ni definitivo de vehículos pesados dentro del lote o en las vías de acceso, excepto para carga y descarga de bienes del propietario.
Del mismo modo, los propietarios podrán incluir cualquier otras prohibiciones en el estatuto interno de la Junta De Vecinos que se formará en su oportunidad.
2- Suelo
Queda terminantemente prohibido la subdivisión de solares y alteración de las calles y sus perímetros, así como del área verde peatonal.
No podrán talarse los árboles existentes en los solares y áreas comunes, ni cambiarse las zonas destinadas a jardines y áreas verdes, sin la previa autorización escrita del Consejo de Administración del Proyecto.
De igual manera, las alteraciones de los perfiles superficiales existentes en el terreno sin autorización escrita del Consejo de Administración. Dichos solares no podrán ser cercados con alambres de púas u otro elemento que no se adapte al concepto del proyecto y a lo dispuesto en el presente reglamento y a no incluir hortalizas ni agricultura en el patio frontal de la propiedad, ni animales de ningún tipo en los solares sin construir.
3- Construcción
El solar o lote adquirido deberá estar construido y/o habitado de manera permanente o temporal en un tiempo máximo de 5 años, a partir de la compra del terreno. En caso de no cumplirse esta disposición se le otorga el derecho a la Urbanizadora de adquirir el inmueble a su costo original, obligándose esta última a realizar la venta del mismo.
En caso de que uno de los adquirientes decida vender su solar o vivienda a un tercero, estará en la obligación de incluir en dicho contrato de venta tanto los estatutos internos como las regulaciones del Proyecto, sin ningún tipo de variante, dándole participación activa a la Urbanizadora en dicha negociación
3.1- Verjas
La construcción de verjas o paredes para limitar la propiedad no excederá una altura de uno punto dos metros (1.2m)en la parte frontal y lateral, hasta donde empieza la construcción de la vivienda. Esta limitación no incluye las columnas de los portones de entrada.
Los elementos a utilizar en las verjas deberán estar acorde con el concepto del Proyecto y el estilo de la vivienda, prefiriéndose el uso de piedras, ladrillos, madera y seto vivo.
3.2- Construcción de Viviendas
Los planos arquitectónicos, colores exteriores y materiales de dichas viviendas deberán ser previamente aprobados por escrito por el Consejo de Administración de la Urbanizadora y supervisados durante todo el proceso de construcción.
El estilo de la vivienda deberá ser el de villas residenciales.
La construcción sin incluir las piscinas, debe realizarse a una distancia mínima de siete metros (7) del lindero frontal y dos metros(2), mínimo, en los laterales y parte atrás del solar.
La vivienda deberá ser de no menos de 250 metros cuadrados (250 m2) de construcción techada que incluye marquesinas, terrazas, etc. La altura máxima es de dos niveles sobre el nivel del terreno y deben tener una inclinación mínima de treinta y tres (33) grados, a dos aguas, preferiblemente de tejas, aluzinc pintado de colores que vayan con el entorno, tejalit, material asfáltico y madera; pero en ningún caso, se podrá utilizar asbesto, cemento, cana, yagua o cualquier otro material que no sea aprobado por el Consejo de Administración.
En la parte frontal de la vivienda no se podrá utilizar ventanas o puertas de aluminio que sean visibles desde la calle. En los planos debe incluirse un área encerrada para el lavado y tendido de ropas.
3.3- Manejo de Materiales de Construcción
Será imprescindible el almacenamiento y preparación de los materiales dentro del área de uso exclusivo del propietario de cada vivienda para garantizar que estos no se extiendan fuera del terreno y evitar daños del entorno, áreas comunes y vecinos. Los desperdicios de la construcción se retirarán periódicamente para evitar molestias, ruidos u otras acciones que afecten la tranquilidad del vecindario.
3.4- Servicios
3.4.1 Electricidad. La toma y distribución de electricidad dentro de la propiedad debe hacerse soterrada y de acuerdo a toda norma de seguridad existente; de igual forma el empalme y colocación del contador dentro de la propiedad de manera disimulada.
3.4.2 Agua. La instalación de empalme debe ser soterrada y con un máximo de tres cuartos (3/4") de pulgada.
3.4.3 Teléfono. Todo empalme y distribución debe ser también soterrada.
3.4.4 Basura. Será soterrada, deberá construirse adyacente a la vivienda un depósito que permita la localización de los recipientes de almacenamiento de los distintos tipos de desperdicios que impida la salida de residuos, materiales antihigiénicos, que produzcan humedad, olores desagradables, o cualquier tipo de molestias a los vecinos o que puedan atentar contra la salud.
3.4.5 Aguas Negras. Deberá ser presentada la solución adecuada preparada por un profesional de ingeniería sanitaria.
3.4.6 Aguas Pluviales y Superficiales. Deberá ser presentada la solución adecuada preparada por un perito, previéndose la posible erosión y drenaje apropiado.
3.4.7 Colocación de Plantas Eléctricas. Las plantas eléctricas deberán ser ubicadas en casetas preparadas para aislar el ruido y los gases, no dirigirlos de manera directa a los vecinos.
3.4.8 Televisión por Cable. De igual manera su instalación deberá hacerse soterrada y disimulada.
4- Mantenimiento del Proyecto.
Los propietarios se comprometen a pagar mensualmente los gastos de mantenimiento de las áreas comunes mediante el pago de una cuota mensual. Este valor podrá ser modificado por la administración del proyecto y la junta de vecinos que se conformará más adelante, Este aporte comenzará a efectuarse al momento de la compra del inmueble.
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